Abogada, licenciada en Derecho por ASCES-UNITA (Brasil), especialista en Derecho Internacional y Estudios Humanitarios por la PUC-Minas Gerais (Brasil), e investigadora del Comité Nacional para Refugiados (CONARE) en el Ministerio de Justicia de Brasil.
Investigo sobre Oriente Medio, en lo que respecta a conflictos y relaciones diplomáticas, así como sobre el BRICS+ y su búsqueda como vía multilateral.
Me comunico en cinco idiomas: portugués, inglés, español, francés y ruso.
El estatus jurídico del Mar Caspio atravesó casi un siglo de indefinición antes de ser consolidado en el derecho internacional y, más allá de las formalidades jurídicas, ese cuerpo de agua ofrece una lectura peculiar de la geopolítica y la diplomacia de Asia Central.
En agosto de 2018, en la ciudad kazaja de Aktau, los presidentes de Rusia, Irán, Kazajstán, Turkmenistán y Azerbaiyán firmaron el Estatuto Jurídico del Mar Caspio, estableciendo las directrices, los límites y las obligaciones respecto al lecho marino que hasta entonces era objeto de impasse. Ese encuentro abrió el camino jurídico para la construcción de ductos que conectan la región con Europa, además de regular la explotación petrolera y energética del lecho y del subsuelo marino. Aunque la formalidad jurídica y económica haya sido la finalidad inicial del acuerdo, casi ocho años después de la firma, y en medio del aislamiento internacional impuesto a Rusia por la guerra en Ucrania, ese arreglo jurídico dejó de ser solamente un capítulo cerrado del derecho internacional para volverse pieza activa de la forma en que Moscú administra su seguridad y su supervivencia económica.
Para una comprensión más profunda, analizaremos aquí la genealogía de esa Convención a través de los aspectos históricos, geopolíticos e infraestructurales que atraviesan este asunto.

Las modulaciones del Caspio desde la Rusia zarista hasta la Unión Soviética
Las principales naciones que constituyeron poder e influencia sobre el Caspio fueron las que hoy son Rusia e Irán. El interés expansionista ruso sobre el mar se remonta a la Campaña Persa de 1722-1723, liderada por el propio Pedro el Grande, quien ocupó territorios en el litoral oeste del Caspio décadas antes de que cualquier tratado formal consolidara esa presencia. Entre el final del siglo XVIII y 1828, Rusia y la Persia de la dinastía Qajar libraron una serie de conflictos por el control del Cáucaso. Al final de la Primera Guerra Ruso-Persa (1813), Rusia obtuvo el derecho exclusivo de mantener flota naval en el Caspio, con libre comercio para ambos países. En el segundo conflicto entre las naciones, Persia perdió nuevamente y, además de tener que indemnizar al Imperio Ruso en veinte millones de rublos en plata, perdió por completo el dominio marítimo del Caspio.

En esa coyuntura, el Caspio le importaba a Rusia como pieza de una estrategia expansionista más amplia, heredada de la doctrina atribuida a Pedro el Grande, menos como base para embestidas directas contra Constantinopla (objetivo perseguido por la vía del Mar Negro y los Estrechos, geográficamente desconectada del Caspio) y más como ruta comercial y de influencia hacia la India, sorteando el predominio británico en la región. Para el Imperio Persa, en cambio, el Caspio era extensión natural de su soberanía territorial, ya que la región había sido considerada esfera de influencia iraní desde antes del siglo XVII, y la derrota en Turkmenchay no solamente redujo fronteras, sino que eliminó por completo la presencia naval y la jurisdicción persa sobre sus propias aguas, retirándole el control sobre rutas comerciales y la capacidad de vigilancia costera que antes ejercía libremente.

El escenario tuvo una vuelta de tuerca significativa y simbólica con la caída del imperio ruso y el ascenso de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.
La parte significativa de la ideología soviética fue acabar con la herencia imperial de su identidad de nación, lo que incluía el fin del monopolio territorial y de las vías marítimas típico del zarismo, sustituido por un control consolidado a través de la sovietización de las naciones vecinas y de la influencia indirecta. Un hito para ese acercamiento con Irán fue 1918, cuando la Rusia soviética anuló el antiguo acuerdo anglo-ruso de división de esferas de influencia en el país y retiró las tropas rusas del territorio persa1.

Ese control indirecto se percibe ya en 1920, cuando la Unión Soviética pasa a apoyar el movimiento nacionalista Jangalí, liderado por Mirza Kuchik Khan, en la proclamación de la efímera República Socialista Soviética Persa, también conocida como República de Gilán. Ese episodio expuso un dilema interno en Moscú entre exportar la revolución más allá de sus fronteras y concentrar esfuerzos en la consolidación del propio Estado soviético. La URSS optó por la segunda vía y retiró las tropas de Gilán, decisión que, paralelamente, coincidió con una dinámica británica independiente en la capital persa.
El 21 de febrero de 1921, el oficial Reza Khan lideró un golpe de Estado en Teherán con la aquiescencia británica, después de haber sido promovido al mando de la Brigada Cosaca por el general británico Edmund Ironside. Cabe señalar que parte de las tropas rusas encabezadas por el general Baratov, así como oficiales de esa misma Brigada Cosaca Persa, se habían negado a obedecer al mando soviético, permaneciendo en territorio iraní e incorporándose al servicio militar británico. Cinco días después del golpe, el 26 de febrero de 1921, fue ese mismo gobierno recién instalado el que firmó, en Moscú, el Tratado de Amistad con la URSS, cuyas ratificaciones se intercambiarían en Teherán solo un año más tarde, en febrero de 1922 (Tratado Ruso-Persa de Amistad, 1921).

Ese tratado estableció que ninguna potencia ajena al Caspio podría usar el territorio de uno de los dos signatarios como base contra el otro, cláusula que fija un principio que se repetirá en tratados posteriores sobre la región. La coyuntura de la Rusia zarista y la Rusia soviética demuestra que el Caspio fue percibido, a lo largo de esos dos períodos, no solamente como espacio de vigilancia, sino sobre todo como forma de protección.
El Mar Caspio a través de los acuerdos regionales asiáticos
La disolución de la Unión Soviética, en 1991, dio origen a quince nuevas naciones soberanas. Con ello, el Mar Caspio, que antes era gestionado por dos naciones, pasó a involucrar directamente a cinco de ellas. Si bien el dilema en torno al mar había atravesado décadas experimentándose por medio de fuerzas militares, la cuestión de seguridad dejó de ser central en la medida en que el mundo avanzaba hacia una economía cada vez más integrada. Ese desplazamiento, además de marcar el propio ocaso soviético, evidenció el mayor punto de discordancia entre las naciones ribereñas del Caspio, a saber, la posibilidad de explotación económica de sus recursos.
La discusión sobre si el Caspio debía ser tratado como mar, sujeto a la Convención de Montego Bay de 1982 y sus zonas económicas exclusivas por extensión de costa, o como lago, cuya partición dependería de un acuerdo directo y frecuentemente igualitario entre los ribereños, se convirtió en el eje del impasse. Irán, con la menor extensión de costa entre los cinco, defendió insistentemente la partición igualitaria, cercana al 20% para cada Estado, mientras que Rusia, Kazajstán y Azerbaiyán favorecieron el criterio de la línea media, que los beneficiaba proporcionalmente por tener litorales más extensos.
La tensión del escenario fue agravándose con el aumento de la inversión occidental en la región, sobre todo en Azerbaiyán y Kazajstán. El primer acuerdo bilateral surgió en un contexto de fricción creciente entre la posición oficial rusa de los años noventa, favorable al condominio compartido, y la presión práctica de Kazajstán y Azerbaiyán, que ya venían cerrando contratos con multinacionales occidentales para la explotación offshore antes incluso de cualquier régimen jurídico definido. Bakú había iniciado esa vía en 1994, con el llamado «Contrato del Siglo», que involucraba a BP, Amoco y otras empresas occidentales para la explotación de los campos Azeri-Chirag-Guneshli, y Astaná seguía el mismo camino con el campo gigante de Tengiz y, más tarde, con Kashagán.
Esa entrada de capital occidental colocaba a Moscú en una posición incómoda, ya que insistir en el condominio significaba perder influencia sobre partes del Caspio que estaban siendo, en la práctica, entregadas a la explotación por corporaciones extranjeras. Fue frente a ese impasse que Rusia y Kazajstán firmaron el 6 de julio de 1998 el Acuerdo sobre la Delimitación del Lecho del Sector Norte del Caspio, aplicando por primera vez el criterio de la línea media modificada, una vuelta significativa en la postura rusa anterior, que aceptaba tácitamente la división del subsuelo en sectores nacionales, aunque la columna de agua permaneciera formalmente común.

Ese giro no fue una concesión rusa espontánea, sino el reconocimiento de que la iniciativa jurídica sobre el Caspio ya no estaba enteramente en manos de Moscú. Kazajstán y Azerbaiyán, al articular sus posiciones con capital occidental y entre sí, obligaron a Rusia a abandonar el condominio y aceptar un marco de sectores nacionales que originalmente resistía.
El 29 de noviembre de 2001, Kazajstán y Azerbaiyán firmaron entre sí un acuerdo bilateral equivalente, siguiendo el mismo criterio de la línea media modificada, decisión que consagró la formación de un bloque de tres Estados alineados frente a la posición iraní. El acuerdo entre Bakú y Astaná era estratégico, ya que consolidaba la posibilidad de futuras infraestructuras de transporte de hidrocarburos entre los dos países, incluyendo la eventual conexión de campos kazajos al oleoducto Bakú-Tbilisi-Ceyhan, ruta que llevaría el petróleo caspiano a Turquía y de allí al mercado europeo sin pasar por territorio ruso. Un año después, el 23 de septiembre de 2002, Rusia y Azerbaiyán firmaron su propio acuerdo bilateral, también en Moscú, bajo la presidencia de Vladimir Putin y Heydar Aliyev, resolviendo, entre otras cuestiones, la partición de campos disputados en la porción norte del territorio común entre los dos Estados. El ciclo se cerró el 14 de mayo de 2003, cuando los tres países firmaron, ya en conjunto, el Acuerdo Trilateral sobre el Punto de Unión de las Líneas de Delimitación. Con esa unión definida, aproximadamente el 64% del Caspio septentrional pasó a estar jurídicamente repartido, con un 27% bajo soberanía kazaja, un 19% rusa y un 18% azerbaiyana.
Las cinco naciones solo se reunieron para establecer un marco multilateral en 2003, con la Convención Marco para la Protección del Medio Marino del Caspio, primer documento efectivamente multilateral entre ellas, aunque restringido a la dimensión ambiental. En 2010, un Acuerdo de Cooperación en Seguridad formalizó compromisos entre las armadas de los cinco países, sin abordar aún el punto sensible de la presencia militar de terceros.
Actualmente, la situación caspiana se rige por el Estatuto del Mar Caspio, firmado en 2018 con la presencia de los presidentes de los cinco Estados ribereños, Nursultan Nazarbayev por Kazajstán, Vladimir Putin por Rusia, Hassan Rouhani por Irán, Ilham Aliyev por Azerbaiyán y Gurbanguly Berdimuhamedow por Turkmenistán. Este documento revoca los tratados bilaterales soviético-iraníes de 1921 y 1940, cerrando casi un siglo de régimen jurídico proyectado para dos signatarios, y formaliza, por primera vez, un marco multilateral entre los cinco Estados costeros que emergieron del colapso soviético.

El texto establece un régimen sui generis que evita expresamente encuadrar el Caspio como mar, lo que atraería la aplicación plena de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, o como lago, lo que exigiría una partición igualitaria entre los ribereños. En su lugar, crea una categoría propia, con régimen híbrido de soberanía. Cada Estado costero pasa a ejercer soberanía plena sobre una franja de aguas territoriales de 15 millas náuticas medidas a partir de la línea de base, adyacentes a una zona de pesca exclusiva de otras 10 millas náuticas. Más allá de esa franja, la columna de agua se mantiene como espacio común de uso compartido entre los cinco signatarios, con libertad de navegación para embarcaciones que enarbolen la bandera de los Estados costeros. El lecho y el subsuelo marino, a su vez, son divididos en sectores nacionales para la explotación de recursos minerales, aunque la Convención no define una fórmula común de delimitación, sino que remite esa tarea a acuerdos bilaterales y multilaterales entre los Estados adyacentes u opuestos, según los principios y normas generales del derecho internacional.
El régimen sui generis fue el resultado de un juego de renuncias mutuas, donde Rusia también cedió, abandonando la insistencia histórica en el condominio compartido, y Kazajstán y Azerbaiyán consagraron el criterio de línea media que Moscú resistía desde 1991.
Dos disposiciones de la Convención tienen un alcance geopolítico particularmente relevante. La primera, y quizás la más consecuente, prohíbe expresamente la presencia militar de fuerzas armadas de cualquier Estado que no sea ribereño del Caspio, blindando jurídicamente la región contra bases de la OTAN o de cualquier potencia occidental, cláusula que, como ya se apuntó, hace eco al principio de seguridad establecido en el Tratado de Amistad de 1921 contra fuerzas hostiles de terceros. La segunda regula la construcción de ductos submarinos, tema históricamente sensible, ya que, por el texto, los ductos que atraviesen el lecho del Caspio pueden ser construidos mediante el consentimiento solo de los Estados directamente atravesados por la ruta, y no de los cinco signatarios, siempre que se atiendan los estándares ambientales definidos por la Convención Marco de 2003.
Conclusión
Casi ocho años después de Aktau, el Caspio dejó de ser apenas un régimen jurídico consolidado para volverse pieza activa de la geopolítica euroasiática en un contexto radicalmente distinto del que existía en 2018. La guerra de Rusia en Ucrania, iniciada en febrero de 2022, y el consecuente paquete de sanciones occidentales que aisló a Moscú del sistema financiero y comercial euroatlántico transformaron el mar interior en una de las pocas arenas en las que Rusia mantiene íntegramente su capacidad de proyección estratégica y de circulación económica.
La cláusula que veda la presencia militar de fuerzas no ribereñas, históricamente inspirada, como se vio, en el principio de seguridad del Tratado de Amistad de 1921, hoy funciona como blindaje jurídico de un flanco sur que la OTAN no puede, ni siquiera en un escenario de deterioro amplio de las relaciones con Occidente, buscar ocupar por vías formales. Al mismo tiempo, el Corredor Internacional de Transporte Norte-Sur (INSTC), que conecta a Rusia con Irán atravesando el Caspio, se convirtió en una ruta decisiva para el comercio con la India y para eludir las sanciones, infraestructura logística que solo es viable porque la Convención de 2018 garantiza la libertad de navegación y un régimen cooperativo entre los signatarios. Lo que en 2018 se presentaba como capítulo cerrado del derecho internacional se revela, en la coyuntura actual, como parte silenciosa de la arquitectura de resiliencia rusa frente al cerco occidental.
Esa reactivación estratégica, sin embargo, no es un fenómeno exclusivamente ruso. Aunque Moscú siga liderando la agenda caspiana por el peso de su estructura estatal consolidada y por su capacidad histórica de firmar acuerdos bilaterales y regionales,las antiguas repúblicas soviéticas ya no operan como periferia dócil. Kazajstán, Azerbaiyán y Turkmenistán encontraron en el multilateralismo global de las últimas décadas un canal efectivo para afirmar la soberanía conquistada en 1991, articulando rutas propias de exportación energética, corredores logísticos alternativos y asociaciones diplomáticas que ya no dependen del consentimiento ruso para existir.
El Caspio de 2026 es, por lo tanto, un espacio en el que la expansión rusa encuentra su propio límite en la diplomacia de sus vecinos. Moscú lo instrumentaliza como blindaje frente al cerco occidental, pero ya no lo moldea unilateralmente, porque el propio texto de 2018 consagra la soberanía plena de los cinco signatarios sobre sus sectores nacionales y abre canales jurídicos que escapan a cualquier veto individual.
Es esa tensión entre el poderío ruso remanente y el multilateralismo efectivo de Estados históricamente debilitados la que hace del Estatuto Jurídico del Mar Caspio uno de los artefactos jurídicos más reveladores del orden multipolar en construcción.
Referencias
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