Cientista político y magíster en Estudios Internacionales Universidad de Chile. Diplomada en Cultura árabe e islámica UCH; Estudios Políticos Sciences Po, Francia; y Estudios Europeos UdeC. Áreas de interés: RRII, Teoría política y de RRII, mundo árabe e islámico.

daninunez@ug.uchile.cl

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Es el fin de la Segunda Guerra Mundial, por lo que Europa y Asia comienzan a ordenarse nuevamente. Se crea la Organización de Naciones Unidas y con ello sus órganos ejecutores, tales como la Corte Internacional de Justicia (CIJ), sucesora de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

Un año después, en 1946, nació la República Popular de Albania como país independiente de la mano de su líder Enver Hoxha, que llevó al Partido del Trabajo (Partia e Punës e Shqipërisë en albanés) al poder y lo mantuvo en ejercicio por más de 40 años. En paralelo y al otro extremo del continente europeo estaba el Reino Unido, uno de los vencedores de la guerra que acarreaba las consecuencias negativas de esta en manos del primer ministro laborista Clement Attlee.

En este contexto es que se desarrolla la llamada controversia del Canal de Corfú, la cual pasaría a la historia como el primer caso de la recientemente creada Corte Internacional de Justicia y la puesta en práctica de la solución pacífica de las controversias internacionales. Método que, si bien los defensores del derecho internacional apoyaban, el ambiente derrotista de una de las guerras más mortíferas de la historia aún se respiraba.

Este acontecimiento es clave para el nuevo mundo que se estaba configurando en ese momento. Por un lado, surgió la intención de crear un nuevo escenario de colaboración global y fortalecimiento del derecho internacional para evitar las atrocidades de las últimas décadas, pero a la vez, y en contraposición, este hecho marcó probablemente una de las primeras acciones que da inicio al mundo polarizado y la nueva Guerra Fría.

Pero, ¿cómo llega el Reino Unido a demandar a la naciente república albanesa? Debido a una serie de incidentes originados a raíz del paso de navieros a través del Canal de Corfú, estrecho que separa las costas de Albania y Grecia, en la región de los Balcanes, aquí estalla una serie de tensiones entre Gran Bretaña y Albania.

Versión recortada del mapa topográfico en inglés de la zona de la isla de Corfú en Grecia. (CC)

La presencia de la Royal Navy en aguas griegas respondía a que Gran Bretaña era parte activa de la Guerra Civil Griega (1946-1949). Las Fuerzas Armadas de Gran Bretaña mantuvieron un contingente activo en esta guerra civil consistente en más de 40 mil soldados en tierra, además de la realización de misiones aéreas y navales a lo largo del conflicto en el que apoyaban decididamente al Ejército Nacional Griego, de corte monárquico y conservador. En el otro bando estaba el Ejército Democrático Griego, compuesto principalmente por partisanos veteranos de la Segunda Guerra Mundial y ligados al Partido Comunista Griego. Este último grupo, de hecho, estaba siendo decididamente apoyado por la Albania y Yugoslavia socialistas.

Los acontecimientos en el Canal de Corfú se desarrollan principalmente en tres eventos durante el año 1946.

El primero es el ocurrido durante el 15 de mayo de 1946: La artillería costera de Albania dispara en dirección a dos embarcaciones militares británicas mientras estas navegaban por las aguas del canal. El gobierno británico protestó, argumentando que según el derecho internacional el paso inocente por los estrechos es un derecho. La administración albanesa respondió que los navíos extranjeros, ya sean de guerra o mercantes, no pueden entrar en aguas territoriales albanesas sin autorización previa. A lo que el Reino Unido declaró que, si volvía a abrir fuego contra un buque de guerra británico en tránsito, este respondería.

El segundo incidente que detonó el caso ante la Corte Internacional de Justicia es el ocurrido el día 22 de octubre de 1946. Dos cruceros y dos destructores de la Royal Navy del Reino Unido que navegaban por el canal hacia el norte, chocan con minas marinas en aguas albanesas. Primero fue el destructor Saumarez el que activó la mina submarina, la cual produjo significativos daños a la nave y pérdidas humanas. Mientras este destructor era remolcado, el segundo de su tipo, el Volage que iba en su ayuda, fue igualmente alcanzado por otra mina, corriendo la misma suerte que el primero. Como resultado de los hechos, 44 oficiales y marineros británicos murieron, y muchos otros fueron heridos.

Foto: Royal Navy official photographer

A raíz de esto, Londres notifica a Tirana su intención de limpiar las minas del Canal de Corfú lo más rápido posible. Tirana responde que sólo daría su consentimiento si la operación se realizaba fuera de las aguas territoriales albanesas, y que debían tener en cuenta que cualquier retirada de minas en aguas territoriales se consideraría una violación de soberanía. Esto da origen al tercer incidente. Durante los días 12 y 13 de noviembre del mismo año, la Marina británica ejecutó una retirada de minas introduciéndose en aguas territoriales albanesas dentro de los límites del canal que habían sido limpiado anteriormente. La marina británica logró desamarrar 22 minas, las cuales tenían origen alemán.

Esta situación, en un primer momento, fue llevada a debate al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas por parte de Gran Bretaña, lugar donde se le ofreció a Albania la participación en los debates respecto a la controversia con todas las obligaciones que un país miembro de Naciones Unidas tuviera, puesto que Albania no formaba parte, en aquel entonces, de la ONU.

Albania aceptó la invitación del Consejo de Seguridad y, a partir de ahí, se desarrolló un debate en esa instancia que duró hasta que el 9 de abril de 1947, cuando el Consejo recomendó a las partes implicadas someter la controversia a la recién creada Corte Internacional de Justicia.

Es así como el 22 de mayo de 1947 Gran Bretaña elevó una solicitud a la CIJ para que sometiera a juicio la controversia, pidiendo que la Corte se presentara a favor de que la República Popular de Albania fuese considerada como responsable internacionalmente de los incidentes ocurridos en el Estrecho de Corfú y, que debido a tal responsabilidad, tuviera que pagar una indemnización.

Ante la solicitud británica, Albania presentó una carta ante la Corte en julio de 1947, en donde cuestionaba la competencia de la CIJ respecto a la controversia, detallando que la solicitud de Gran Bretaña no se ajustaba a la recomendación que el Consejo de Seguridad había entregado a las partes, tampoco la Carta de Naciones Unidas, entre otros puntos. Por su parte,la República Popular aceptó ser parte de los procedimientos de la Corte arguyendo que, de buena fe, no iba a desestimar ninguna instancia donde se pudiera discutir y presentar evidencias sobre la controversia.

La CIJ desestimó los cuestionamientos albaneses, por lo que estos últimos tuvieron que detallar su postura. Es así como se indicó ante la Corte que no se podía establecer que las minas que provocaron los incidentes en el Canal de Corfú fueran colocadas por Albania. La República Popular también rechazó la idea de que una tercera parte hubiese instalado las minas con el permiso o la aquiescencia de su parte, añadiendo que declaraba pleno desconocimiento de la presencia de estas previo al incidente. Razones que para la parte albanesa implicaban que la Corte no podía otorgarle la responsabilidad internacional en los incidentes.

De hecho, la posición de Albania iba aún más allá, puesto que exigían que la Corte aceptara que su Estado tenía el derecho de reglamentar la navegación de las aguas del canal, entendiendo que esta es una nación ribereña. Indicando así que a lo largo de 1946 existían condiciones excepcionales que justificaban, ante el Derecho Internacional, la solicitud de autorización para la navegación de esas aguas, haciendo referencia a que, en esos momentos, se estaba librando la Guerra Civil Griega (1946-1949).

Es a raíz de esta falta de autorización que los albaneses consideraban que la marina de guerra británica estaba incurriendo en faltas ante el derecho internacional, tanto para los incidentes en que detonaron los buques, como también en las operaciones de dragado de minas.

El 25 de marzo de 1948 la Corte entrega su fallo respecto a la controversia. Este establece que la Corte tiene jurisdicción para dirimir la controversia dado el reconocimiento tácito que Albania realizó al enviar la carta de julio de 1947. Al mismo tiempo, la Corte declara que, si bien no se podía establecer con las evidencias presentadas por Gran Bretaña que la República Popular había colocado las minas antibuques en el Canal de Corfú, Albania no podía desligarse de la responsabilidad internacional de los hechos que ocurren en sus aguas territoriales, por lo que se debían pagar indemnizaciones al país demandante.

Para acceder a este informe completo de la Corte Internacional de Justicia hacer click en la imagen.

La República Popular de Albania finalmente no accedió a pagar las 847.000 libras esterlinas de la época que la Corte estableció como indemnización a Gran Bretaña por los incidentes, decidiendo así romper relaciones diplomáticas con Londres. No es sino hasta el término del régimen socialista en 1991 que Albania restaura los lazos diplomáticos y accede a la demanda del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para pagar las indemnizaciones correspondientes.


Sumario de la Organización de Naciones Unidas sobre el caso de Corfú (páginas 3-12):

ENLACE – Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Intenacional de Justicia 1948-1991

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